Zdrowie i gospodarka · 22/2/1994
Programa de Medicare; Funciones de Intermediarios y Operadores de Seguro
Este reglamento propuesto traería ciertas secciones de las regulaciones concernientes a los intermediarios y operadores de seguro de Medicare en conformidad con las secciones apropiadas del Título XVIII de la Ley de Seguridad Social. El reglamento distinguiría entre aquellas funciones que las autoridades estadutarias requieren incluir en acuerdos con intermediarios y aquellas funciones que, aunque no están obligados a ser realizadas por organizaciones que han entrado en acuerdos con el Secretario de conformidad con la sección 1816 de la Ley de Seguridad Social, pueden incluirse en dichos acuerdos a discreción.